La Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel ve en el proceso de tramitación del Clúster
del Maestrazgo importantes irregularidades que tilda de “claro fraude de ley???y de “burla del
derecho a la participación pública???y advierte que no está justificada la declaración de utilidad pública

Además de las Alegaciones, se han presentado 34 recursos de alzada uno por cada una de las
20 centrales que comprende este macro-proyecto más 14 recursos de personas cuyas propiedades están afectadas por el proyecto eólico.

Desde la Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel, junto con 14 personas con propiedades afectadas por el Clúster Maestrazgo, han presentado alegaciones y recursos de alzada en el proceso de tramitación de esta macroinstalación industrial proyectada sobre las comarcas de Maestrazgo y Gúdar-Javalambre.

Para ello han contratado los servicios de LOPEZ LAX ABOGADOS (gabinete reconocido por sus logros en diversos conflictos socioambientales). El coste se asume gracias a las aportaciones voluntarias, en las que aún se puede contribuir.


Irregularidades en procedimiento

Desde la Asociación se alega la vulneración de las normas esenciales de procedimiento. El proyecto inicial que Forestalia presentó en mayo de 2022, con un total de 46 infraestructuras (22 centrales eólicas, 2 fotovoltaicas, las líneas de evacuación y las subestaciones de transformación) es muy diferente al que ahora se encuentra sobre la mesa.

En diciembre del pasado año el Ministerio emitió la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), pero se pronunció sobre un proyecto distinto al que había sido sometido a información pública. A éste añadió modificaciones (apareciendo nuevos términos municipales afectados, desplazando la ubicación de algunos molinos) y, sin venir a cuento, cambió el modelo de los aerogeneradores, pasando de iniciales de 5MW a uno más potente de 6 MW.


En 2023, el Boletín del 16 de mayo publica la solicitud de Forestalia de modificar una autorización administrativa que aún no se había publicado (importante fallo, pues anula la participación ciudadana). El 6 de junio aparece publicada dicha autorización, pero ésta se pronuncia sobre un proyecto de nuevo cambiado, donde han desaparecido dos centrales y ha cambiado la estructura del mismo.

Con todo ello, el estudio de impacto ambiental que se presentó al principio, y que se hizo según el primer proyecto, no es aplicable a la propuesta final, tan diferente.

Y para dificultar el procedimiento, en el ultimo trámite que ha presentado la empresa, en lugar de solicitar una sola autorización de construcción, presenta 20 solicitudes, tantas como centrales eólicas están proyectadas, fragmentando de esta manera el proyecto. Esto provoca la ausencia de información del conjunto, no se cuenta con la memoria, ni las ubicaciones, ni el objeto de la instalación ni las características de la misma, ni los planos, ni el presupuesto, ni resto de datos que ofrezcan información veraz y completa.

El conjunto de todas las modificaciones introducidas en este macroproyecto son de tal calado que, conforme a la ley 21/2013, deberían haber dado lugar a un nuevo trámite de información pública antes de aprobarse la declaración de impacto ambiental. No ha sido así: de algo tenía que servir los ceses y cambios de funcionarios en las dependencias administrativas que
redactan las autorizaciones.

Todo parece funcionar gracias a una “comunicación extraoficial???entre la empresa y cierta parte de la administración fuera de los cauces de publicidad y transparencia, a la vista de un macroproyecto que ha ido cambiando a medida de sus intereses.

Fraude de ley

Los alegantes tildan estas irregularidades como “claro fraude de ley???y de “burla del derecho a la participación pública y vulneración de las normas esenciales de procedimiento??? recordando que la normativa ambiental tiene como fin el de garantizar la compatibilidad de cualquier proyecto con la preservación del medio rural, el natural y el socioeconómico propios del lugar
donde se implante.

Por ello, la Plataforma exige la nulidad de los actos dictados, tal y como dicta el artículo 47 de la ley 39/2015 de procedimiento administrativo.

Red Natura

La Plataforma también alega el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la ubicación del macroproyecto en zonas designadas por el ministerio como no compatibles con la instalación de parques eólicos. Y es que el autodenominado “Clúster Maestrazgo???pone en riesgo los valores naturales propios de la ZEPA Río Guadalope-Maestrazgo así como los corredores biológicos o conectividad entre ésta y ZEPA Puertos de Beceite y ZEPA Maestrat, la Tineza de Benifassá, el Turmell y Vallivana.

Dados los valores ambientales de la zona afectada, sólo sería posible instalar estas infraestructuras si hubiera una planificación previa que lo permitiera, que no es el caso, compatibilizando la implantación de renovables con otros usos del suelo y con los
requerimientos vigentes en materia de protección ambiental.

 

Suelos no urbanizables de especial protección

La Plataforma también recuerda que no se pueden autorizar instalaciones de energías renovables en los suelos clasificados como “no urbanizable de especial protección??? en aplicación de la Ley de Urbanismo de Aragón y según diversa jurisprudencia como la sentencia del Tribunal Supremo STS 14 de julio de 2014. Esta prohibición afecta a gran parte de las instalaciones de este clúster en Mosqueruela, Cantavieja y La Iglesuela del Cid.

Declaración de utilidad pública

Sobre la solicitud de declaración de utilidad pública del proyecto (declaración que facilita ejercer la expropiación forzosa), la Plataforma alega que dicha solicitud debería acompañarse de suficientes argumentos, que éstos deben ser específicos al proyecto y con información objetiva, medible, contrastable y particularizada en relación al proyecto y su lugar de implantación que justifique su existencia en la ubicación elegida, un espacio de máxima sensibilidad ambiental como es el Maestrazgo. Ni la empresa justifica dicha solicitud conforme a las exigencias legales, ni el proyecto responde a demanda alguna que pueda ampararse en la planificación vigente.

Se añade el hecho de que la empresa solicita la declaración de utilidad pública de un proyecto que aún no está autorizado y del que se desconoce la redacción y ubicación definitivas.

Finalmente se recuerda que este macroproyecto es contrario a los principios de eficiencia energética y uso racional de los recursos naturales, haciendo referencia a las prioridades recogidas en el Reglamento UE 2018/1999 sobre la Gobernanza de la Energía y de la Acción por el Clima.

RECURSOS DE ALZADA 

Los recursos de alzada se presentan a las 20 resoluciones de Autorización Administrativa Previa de las centrales eólicas del Clúster Maestrazgo, publicadas en el BOPT del 6 de junio de 2023, y también frente a la Declaración de Impacto Ambiental que en su día emitió el Ministerio. Esta es una vía cuando ya hay una autorización aprobada.

Las alegaciones se interponen ante la solicitud de Forestalia para modificar el proyecto autorizado y comenzar a construir. También solicita que el Clúster Maestrazgo se declare de “utilidad pública??? una figura legal que permitiría las expropiaciones forzosas.

Por otro lado se ha prestado apoyo a las personas particulares cuyas propiedades están afectadas directamente por el macroproyecto para la presentación de sus recursos de alzada.


Se espera que tanto los 34 recursos de alzada como las alegaciones presentadas tengan peso a efectos jurídicos, ya que son formuladas conforme a derecho. Afortunadamente, contamos con normas que priorizan la preservación de los bienes comunes básicos y de las personas frente a la especulación.

  • Como muestra del contenido de los diferentes recursos presentados, aquí se adjunta para su lectura y descarga el recurso de alzada ante la autorización previa y de construcción del proyecto eólico Cabecero II presentado por la Plataforma

LA NOTICIA EN LOS MEDIOS:

Como muestra del contenido de los diferentes recursos presentados, aquí se adjunta para su lectura y descarga el recurso de alzada ante la autorización previa y de construcción del proyecto eólico Cabecero II presentado por la Plataforma

 

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