En pleno mes de Agosto, cuando se supone que hasta las administraciones guardan un periodo
de vacaciones y lo dejan guardar a los demás, se publicó la autorización administrativa previa
del denominado Cluster Begues, que traslada la energía generada en las sierras del Norte de
Teruel a la población del citado nombre que se encuentra en la inmediaciones de Barcelona,
con una línea de evacuación de más de 250 Km.
El recurso se fundamenta en varios incumplimientos de la legislación actual, que por cierto no
es muy claro y tiene demasiados recovecos en los que se refugian las empresas al presentar
sus proyectos y la administración cuando tiene prisa por aprobarlos.
Es muy significativo que se reconozca expresamente que el proyecto carece del informe
preceptivo que debe emitir la Generalitat de Cataluña y queda condicionado al citado informe.
Es bastante incongruente que se dé la autorización administrativa previa sin tener el citado
informa y más siendo preceptivo, pues se da una aprobación, pero con un condicionante, que
según manifestaciones de la propia Generalitat puede ser negativo por las numerosas
afecciones a espacios de la citada Comunidad. Se debería haber tenido el informe para poder
emitir la autorización y no dar pasos en falso.
Se da una irregularidad que se repite en los diferentes Cluster que se han presentado y es que
se presentan proyectos individuales con empresas diferentes y luego se unifican para el
Estudio de Impacto ambiental y la consiguiente Declaración Ambiental. Una vez obtenida la
Declaración se vuelve a pedir la desagregación para emitir autorizaciones previas individuales
de cada proyecto. Todos estos trámites no tienen información pública ni participación
ciudadana, por lo que se están pisando los derechos derivados del Tratado de Aarhus y se
infringe la legalidad vigente. La acumulación y el fraccionamiento son totalmente arbitrarios y
sin ninguna justificación.
La distancia entre el punto de producción y el de enganche obliga a construir una línea de
evacuación de 288,389 Km, que según la ley no debería ser considerada como tal, sino ser
considerada como línea de transporte, que es competencia exclusiva de Red Electica Española
(REE) y que tiene unos condicionantes y aprobaciones diferentes. Las líneas de evacuación son
“las líneas de alta tensión que transfieren la energía eléctrica desde una central o parque
generador hasta la red que distribuye regionalmente la potencia (con la que entronca)” La red
de transporte de energía eléctrica “es la parte del sistema de suministro eléctrico constituida
por los elementos necesarios para llevar hasta los puntos de consumo, y a través de grandes
distancias, la energía generada en las centrales eléctricas”. En este caso está claro que se trata
de una línea de transporte camuflada bajo la denominación de evacuación. Por lo que se está
entrando en un área de competencia exclusiva de REE . Claramente esto es un fraude de la Ley.
En el caso del Cluster Begues, como en otros que se han presentado alegaciones o recursos por
parte de la Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel, se dice expresamente que se han
añadido documentos y rectificaciones que sólo han sido vistos por el Ministerio, pues no se
han facilitado a los alegantes, ni a las administraciones implicadas, por lo que no se han
sometido a información pública como es preceptivo y se ha ocultado información. Con esta
manera de actuar se incumple el artículo 2 de la Ley 21/2013 que obliga a la participación
pública en los proyectos de evaluación ambiental.
Se han falseado u ocultado datos sobre la afección que el proyecto tiene sobre diversas
especies protegidas, como Sisón, Milano Real, Cernícalo Primilla, Quebrantahuesos y sobre
todo la inexistencia en el espacio del proyecto de la Alondra Ricotí, que está presente en varios
de los lugares que atraviesa la línea y de algunas de las centrales. Se habla de informes
presentados con posterioridad a la información pública, pero tampoco se han tenido muy en
cuenta por lo que se ve en la autorización
Todos estos aspectos, más el desprecio y el menosprecio del paisaje y los ciudadanos que lo
habitan, así como la no demostración de la capacidad técnica y económica de la empresa para
llevar a cabo el proyecto, cosa que le importa muy poco a Forestalia, pues su objetivo es
venderlo y que sea el Fondo correspondiente quien ponga la capacidad económica, son los que
motivan la presentación del Recurso de Alzada y la posibilidad de emprender un Contencioso
administrativo en caso de quedar sin respuesta o darse la autorización de construcción.
Desde la Plataforma volvemos a reiterar con la presentación de este Recurso que este no es el
modelo para la implantación de las renovables y tampoco es una transición justa, pues se hace
a base de territorios despoblados, sin eficiencia y no generando de forma distribuida.
Seguimos estando a favor de las renovables, pero no con este modelo especulativo y
depredador de los espacios rurales.
Plataforma a favor de los paisajes de Teruel
Mapa por el que discurriría el macroproyecto energético LAT SET Clúster Begues
01/09/2024 ARAINFO La Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel presenta recurso de alzada al Clúster Begues: «Se infringe la legalidad vigente»
01/09/2023 LA COMARCA La Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel presenta un recurso de alzada al Clúster Begues
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01/09/2024 ECO DE TERUEL La Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel presenta Recurso de Alzada al Cluster Begues
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