Carta a la Ministra ante la incertidumbre jurídica del Clúster Maestrazgo
La Plataforma No a la MAT y la Plataforma a favor de los paisajes de Teruel, hemos trasladamos a la Ministra para la Transición ecológica y el reto demográfico, nuestra preocupación por la grave incertidumbre jurídica que rodea al Clúster Maestrazgo.
Con investigaciones penales aún abiertas y nuevas diligencias en curso, consideramos imprescindible que el Ministerio actúe con máxima prudencia antes de adoptar cualquier decisión que pueda interferir en los procedimientos judiciales.
Es importante no intoxicar el procedimiento judicial y dejar que avance la investigación.
Publicamos aquí la carta remitida hoy.
Excma. Sra. Dña. Sara Aagesen
Vicepresidenta Tercera del Gobierno
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Excelentísima
Sra. Ministra:
Hemos conocido la carta que le ha remitido la Asociación Viento Alto en representación de los ayuntamientos que la integran y, sin poner en duda ni su representatividad ni el legítimo ejercicio de sus funciones institucionales, consideramos necesario matizar algunas de las afirmaciones contenidas en dicho escrito, por entender que no reflejan adecuadamente la realidad jurídica y procesal actual del Clúster Maestrazgo.
Consideramos que la resolución de los recursos administrativos pendientes relativos a las autorizaciones de construcción del Clúster Maestrazgo en este momento podría suponer una grave interferencia respecto de unas actuaciones judiciales todavía abiertas y en plena expansión. Asimismo, podría interpretarse como un aval administrativo anticipado a unos procedimientos cuya legalidad está siendo actualmente investigada judicialmente ante la existencia de indicios de presuntos delitos tan graves como prevaricación ambiental, cohecho, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal.
Afirmar categóricamente que el proyecto cumple todos los requisitos legales, técnicos y ambientales supone anticipar conclusiones que en estos momentos corresponden exclusivamente a los órganos judiciales y administrativos competentes. La propia existencia de una causa penal abierta, ampliada recientemente a nuevas diligencias e investigaciones sobre la tramitación de los parques eólicos y la intervención de distintos organismos y responsables públicos, evidencia que persisten dudas jurídicas relevantes sobre la legalidad del procedimiento seguido.
Resulta especialmente significativo que el Ministerio Fiscal haya sostenido expresamente ante el juzgado que las controversias existentes sobre determinados informes financieros no invalidan la investigación ni eliminan los indicios existentes sobre posibles delitos relacionados con la tramitación del proyecto.
Del mismo modo, entendemos que no se corresponde con la realidad afirmar que la investigación afecta exclusivamente a instalaciones fotovoltaicas completamente ajenas al Clúster Maestrazgo. Las recientes diligencias judiciales y resoluciones conocidas públicamente evidencian que la investigación afecta al conjunto de los parques tramitados, del Clúster, incluyendo los parques eólicos y las actuaciones administrativas relacionadas con sus autorizaciones.
Asimismo, resulta contradictorio intentar desvincular completamente los proyectos fotovoltaicos Masía I y Masía II del resto del Clúster Maestrazgo, cuando dichas instalaciones fueron presentadas públicamente como parte esencial del modelo de compensaciones y suministro energético comprometido con los municipios afectados. Si esas instalaciones no pudieran ejecutarse o quedaran afectadas por la investigación en curso, también quedarían comprometidas las medidas compensatorias anunciadas, alterando sustancialmente las condiciones en las que el proyecto fue presentado y autorizado.
La propia personación de Copenhagen Infrastructure Partners (CIP) en el procedimiento judicial evidencia la existencia de una situación de incertidumbre jurídica relevante. Dicha personación no supone una validación del proyecto, sino precisamente la necesidad del actual titular de acceder al contenido de las actuaciones, conocer el alcance de la investigación y preparar su estrategia jurídica ante las posibles consecuencias derivadas de la causa.
Igualmente, no compartimos la interpretación realizada por la Asociación Viento Alto respecto al reciente aplazamiento sine die de la vista sobre medidas cautelares. Las resoluciones conocidas públicamente no permiten concluir que el juzgado descarte indicios o considere plenamente ajustado a derecho el proyecto. Antes al contrario, el aplazamiento responde, según se desprende de las propias resoluciones judiciales, a la necesidad de garantizar plenamente los derechos procesales de todas las posibles partes afectadas y evitar futuras nulidades, dada la creciente complejidad y alcance de la investigación.
Debe recordarse además que ni el Tribunal Supremo ni el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se han pronunciado todavía sobre el fondo de los recursos contencioso administrativos interpuestos por estas plataformas. Las resoluciones existentes se limitan exclusivamente a la no adopción de medidas cautelares en vía administrativa, dejando expresamente claro que ello no prejuzga ni condiciona el resultado final de los procedimientos, que continúan pendientes de resolución judicial definitiva.
No puede sostenerse tampoco que exista una “paralización injustificada” o arbitraria del proyecto. La prudencia administrativa en un contexto como el actual no constituye bloqueo político, sino una obligación derivada de la existencia de procedimientos judiciales y administrativos todavía abiertos, de la inseguridad jurídica existente y de la necesidad de preservar plenamente el interés general y el principio de legalidad.
El desarrollo de ningún territorio puede apoyarse sobre procedimientos cuya legalidad se encuentra actualmente bajo investigación judicial. El Maestrazgo necesita certezas jurídicas firmes, basadas en procedimientos plenamente válidos y avaladas por resoluciones judiciales definitivas, no situaciones de inseguridad que puedan comprometer el futuro del territorio y de sus habitantes.
Por todo ello, entendemos que el Ministerio debe actuar con la máxima prudencia institucional y jurídica hasta que las distintas investigaciones y procedimientos abiertos permitan disponer de un escenario plenamente clarificado y seguro para todas las partes afectadas.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional que considere oportuna.
En Castellote y Morella, a 6 de mayo de 2026.
Carta remitida a la Ministra
Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel y Plataforma NO a la MAT, comarques de Castelló.

Paisajes del Maestrazgo. Vista aérea.
Plataforma a favor de los paisajes de Teruel.

