La alondra ricotí, conocida en Aragón como rocín, es un ave esteparia excepcional y una rareza en Europa. Lamentablemente, la probabilidad de extinción de esta especie en los próximos 20 años es del 89,7%. De hecho, se ha catalogado como especie en Peligro de Extinción en Situación Crítica en el proyecto de orden del Ministerio de Medio Ambiente de mayo de este año. Aragón acoge a casi la mitad de la población europea, por lo que el papel de su Gobierno es esencial para la supervivencia de la especie.
El mayor peligro que amenaza a las poblaciones aragonesas de rocín son los innumerables proyectos de centrales eólicas planificadas sobre sus hábitats. El mejor conocimiento científico disponible evidencia una correlación entre la implantación de centrales eólicas y la extinción de poblaciones de rocín en un radio inferior a los 4-5 km de distancia. Esta evidencia empírica ha sido aducida en diversas ocasiones por el INAGA (Instituto Aragonés de Gestión Ambiental) en Declaraciones de Impacto Ambiental negativas de centrales eólicas.
El 7 de septiembre aparecieron publicadas en el Boletín Oficial de Aragón las Declaraciones de Impacto Ambiental positivas de las centrales eólicas María I y II en Fuendetodos y la Puebla de Albortón (Zaragoza). En el trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, tal y como se refleja en la propia resolución, se constató la presencia de una población de rocín a menos de 1 km de las centrales y un área crítica definida por el propio Gobierno de Aragón para la supervivencia de la misma a 77 m, y que resulta atravesada por un vial de acceso.
El INAGA, y por ende el Gobierno de Aragón, están contribuyendo de una manera directa y eficaz en la extinción de una especie.
En las resoluciones de las centrales María I y II el Inaga se conforma con mantener una salvaguarda de 1 km, lo que significa que ha rebajado el criterio de 4-5 km de distancia mínima establecido en base al mejor conocimiento científico disponible. Cabe preguntarse si nos encontramos ante el resultado de los cambios que se han operado en el reparto competencial dentro del INAGA, donde técnicos cualificados responsables de elaborar y proponer DIAs de proyectos de energías renovables, que tenían en consideración criterios científicos, han sido relevados de esa función.
Llegados a este punto, debe tenerse en cuenta que el INAGA se contradice respecto a resoluciones anteriores y resuelve en contra de la evidencia científica al permitir las centrales a una distancia que, según la experiencia, causarían muy probablemente la desaparición de la población de rocín afectada. En otras palabras, el INAGA, y por ende el Gobierno de Aragón, están contribuyendo de una manera directa y eficaz en la extinción de una especie.
Son hechos gravísimos porque suponen una dejación de las responsabilidades del Gobierno de Aragón en materia medioambiental y quebrantan la legislación de Evaluación de Impacto Ambiental. Entendemos que son motivos justificados para que la Fiscalía de Medio Ambiente tome cartas en el asunto.