¡Victoria para el territorio! Caducan los derechos de acceso de Forestalia en el Matarraña: un paso decisivo para la protección de nuestros paisajes y nuestro futuro.

La Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel y la Asociación Gent del Matarranya celebramos con firmeza la reciente caducidad de los derechos de acceso y conexión a la red eléctrica que la empresa Forestalia mantenía para sus proyectos eólicos en la comarca del Matarraña.

Esta decisión, confirmada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), supone un revés legal a unos proyectos que han vulnerado los plazos y procedimientos que establece la normativa vigente, y un importante respaldo legal al trabajo colectivo por la defensa del territorio.

La Fresneda amenazada por el PE de Capital Energy. En el horizonte Valjunquera amenazada por Forestalia con el PE Menecio Autor Juanjo Pérez_PaisajesTeruel

La Fresneda amenazada por el PE de Capital Energy. En el horizonte Valjunquera amenazada por Forestalia con el PE Menecio. Autor: Juanjo Pérez_PaisajesTeruel

Forestalia ha incumplido los hitos administrativos, perdiendo así sus derechos.

Forestalia ha incumplido los hitos administrativos, perdiendo así sus derechos para ejecutar estos proyectos tal cual estaban proyectados. Además, consideramos que la Declaración de Impacto Ambiental favorable emitida en 2023 ya no es válida ante cualquier nuevo intento de reactivación por parte de Forestalia, que podría destinar esas centrales eólicas para autoconsumo industrial a través de líneas directas, como ya ha apuntado en los medios de comunicación.
Alterar el destino de la energía —de evacuación a red general a autoconsumo industrial— y replantear completamente su línea de evacuación constituye por sí misma una modificación sustancial del proyecto original, lo que implica, de acuerdo con la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental y con una jurisprudencia muy consolidada, la obligación de iniciar un nuevo procedimiento administrativo con su correspondiente evaluación ambiental completa.

Por tanto, cualquier intento de Forestalia de limitarse a tramitar una nueva evaluación ambiental solo de la línea de evacuación, pretendiendo mantener la DIA de 2023, sería contrario al principio de evaluación ambiental integral, un principio recogido tanto en la legislación española como en la normativa comunitaria, que impide fraccionar el análisis ambiental de un proyecto cuando existen cambios sustanciales en su naturaleza, su función o su trazado.

El INAGA endurece los criterios en relación con los impactos negativos.

En este contexto, resulta especialmente relevante la reciente resolución del INAGA —invocada también por el MITECO en su Declaración de Impacto Ambiental negativa a los proyectos de Capital Energy—, que afecta precisamente a los mismos parajes en los que Forestalia pretende actuar. En dicha resolución, el INAGA endurece los criterios en relación con los impactos negativos derivados de las centrales eólicas y sus infraestructuras de evacuación, valorando con mayor severidad los riesgos acumulados que suponen para el territorio, hasta el punto de imposibilitar su viabilidad.

Esta victoria no es solo jurídica, sino también social y ambiental: garantiza la protección de un paisaje y de una identidad territorial que la ciudadanía del Matarraña lleva años defendiendo con argumentos, con rigor y con firmeza.
Supone, además, un claro recordatorio de que cualquier desarrollo energético debe respetar la normativa, los plazos, los procedimientos y, sobre todo, el derecho de los territorios a decidir sobre su futuro.

Los ayuntamientos han expresado su oposición a estos proyectos, incorporando herramientas legales.

A día de hoy, todos los ayuntamientos del Matarraña que han revisado o están revisando sus Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) han expresado su oposición a estos proyectos, incorporando herramientas legales para preservar sus paisajes y proteger sus recursos. Ante los proyectos especulativos y mortíferos con los paisajes y los entornos naturales, la oposición es generalizada y transversal.

Por último, es importante subrayar que la Ley 5/2024 de Aragón, a pesar de promover las energías renovables y el autoconsumo industrial, no puede en ningún caso invalidar una caducidad de derechos ni sustituir los procedimientos estatales de evaluación ambiental y autorización. La normativa autonómica no puede anular las garantías jurídicas establecidas en el ordenamiento estatal y europeo.

Desde la Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel y la Asociación Gent del Matarranya, seguiremos atentos y comprometidos con la defensa del territorio, apostando por un modelo energético verdaderamente sostenible, justo y respetuoso con el medio ambiente y con las comunidades locales.

Contacto: Juanjo: 667 477 676

Plataforma a favor de los Paisajes de Teruel & Asociación Gent del Matarranya.

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