Los Ayuntamientos de Iglesuela del Cid y Cantavieja, pertenecientes a la asociación Viento Alto, han solicitado la modificación de sus planes urbanísticos para, según la Plataforma a Favor de los Paisajes de Teruel, dar vía libre de una forma camuflada, a la instalación de aerogeneradores en todo su término municipal mediante la declaración de utilidad pública, abriendo así la puerta a la opción de una expropiación forzosa de todos aquellos que no quieren ceder sus tierras a Forestalia y a la instalación.

Zona afectada por la propuesta de Modificación nº 5 de las Normas susidiarias de Cantavieja

VER PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA IGLESUELA

VER PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE CANTAVIEJA

ALEGACIONES PRESENTADAS

INVITAMOS A TODAS LAS PERSONAS AFECTADAS Y AQUELLAS QUE QUIERAN EJERCER EL DERECHO DE ALEGACIÓN A TRAMITAR SUS ALEGACIONES. HAY DE PLAZO HASTA EL 18 DE ABRIL INCLUÍDO.

A continuación se facilitan textos de las alegaciones presentadas por si otras personas u entidades desean presentar algunas en su nombre.

RESPUESTA A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS

  • Resolución del INAGA de SI someter a Evaluación Ambiental la modificación nº5 de PGOU de Cantavieja (BOA del 14.07.2022)
    • El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) emite Informe Ambiental Estratégico y considera que la modificación tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y resuelve someter a procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria la modificación nº5 por los siguientes motivos:
      1. La modificación pretende permitir la instalación de industrias o de actividades terciarias en el ámbito de espacios Red Natura 2000, LIC/ZEC o ZEPA.
      2. La ausencia de alternativas
      3. La ausencia de justificación de la necesidad de implantación de estas actividades
      4. La ausencia de justificación de la pérdida de valores ambientales
  • Resolución INAGA de NO someter a Evaluación Ambiental la modificación nº2 de PGOU de La Iglesuela del Cid. (BOA del 14.07.2022)
    • En este caso, el INAGA resuelve no supone afección al suelo (ni altera la clasificación del suelo) el permitir «usos de utilidad pública» en una zona no urbanizable de protección especial e interés Paisajístico, Geológico y Arquitectónico. Hacemos notar que lo anterior se afirma sin necesidad de identificar de qué usos se se trata, aún a sabiendas -porque los están tramitando- que en esos espacios están presentados proyectos de instalaciones industriales para la fabricación de energía eólica.

Siendo ambos casos similares, comparten las zonas de Red Natura 2000, LIC/ZEC o ZEPA en sus términos municipales, llama la atención cómo en un caso (Cantavieja) sí se considera afección atendiendo a la legislación vigente y las normas subsidiarias municipales y en el segundo caso (La Iglesuela) el INAGA parece desconocer que afectan dichas normas.

Mas información: «El Ayuntamiento de Cantavieja no podrá cambiar sus planes urbanísticos por intereses particulares»

Muela Munchen. paisajesteruel.org

Entradas relacionadas

Share This